¿Qué es y cuándo puede hacerse la liquidación de la sociedad de gananciales?
La liquidación de la sociedad de gananciales, consiste en realizar las operaciones particionales oportunas siempre y cuando estemos casados en el régimen económico matrimonial de gananciales.
Podrá efectuarse la correspondiente liquidación de la sociedad de gananciales, cuando la sociedad haya sido correctamente disuelta según las circunstancias establecidas y contempladas en los artículos 1392 y 1393 del Código Civil español, entre dichas circunstancias destacaremos por ser las más habituales:
Artículo 1392
La sociedad de gananciales concluirá de pleno derecho:
1.º Cuando se disuelva el matrimonio.
2.º Cuando sea declarado nulo.
3.º Cuando se acuerde la separación legal de los cónyuges.
4.º Cuando los cónyuges convengan un régimen económico distinto en la forma prevenida en este Código.
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